El coste de la reforma laboral
26 julio 2010 | Por jose manuel paniagua
El Gobierno ha realizado sus particulares cálculos sobre lo que le va a costar la reforma laboral, y digo particulares, porque contemplan la posibilidad de que gracias a esta reforma se firmen cerca de 2,37 millones de nuevos contratos indefinidos, de los que más de la mitad corresponderán al nuevo formato de fomento de la contratación indefinida con 33 días de indemnización.
El coste estimado para esta reforma laboral asciende a 740,55 millones de euros hasta el año 2012, de los que 123.62 millones se destinarán al abono por parte del Fondo de Garantía salarial (FOGASA) de ocho días de indemnización por despido en todos los contratos indefinidos. Dicho organismo deberá hacer frente a unos 179.145 despidos con salarios medios diarios de 86,3 euros, con lo que debería abonar unos 690,1 euros por cada uno hasta que el día 1 de enero de 2012 arranque el fondo de capitalización individual. Así mismo, el Ejecutivo prevé un coste en materia de bonificaciones a la contratación de 471,17 millones de euros, de los que la mayor parte se la llevarán los incentivos previstos para la contratación indefinida de personas desempleadas mayores de 45 años durante un periodo de tres años, que alcanzarán los 212,88 millones. Bonificar la contratación de jóvenes entre 16 y 30 años costará 124,17 millones. Otros 53,58 millones se irán en convertir en indefinidos contratos de formación y en prácticas, relevo, sustitución. Las ventajas en cuanto a la cotización a la Seguridad Social para empresarios y trabajadores (450 y 73 euros anuales respectivamente) por los contratos en formación supondrán otros 80,54 millones. Así mismo, el reconocimiento de la prestación de desempleo en los contratos para la formación a partir del próximo año supondrá un coste de 30 millones de euros. El uso del llamado modelo alemán de reducción de jornada supondrá otros 116 millones. El resto de lo presupuestado se destinará a cubrir la ampliación a 180 días del derecho a la reposición de las prestaciones por desempleo en caso de suspensión seguida de extinción de contrato. Imagen sujeta a licencia CC de Niosh